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domingo, 14 de julio de 2013

UNAS REGLAS PARA LA HISTORIA - SIGLO XVII (1)



Con el paso del tiempo muchos hombres y mujeres han querido vivir el espíritu carmelita agrupándose por devoción a la Virgen dando lugar a las cofradías. El privilegio del escapulario fue extendido a los laicos siendo una señal de compromiso de vida cristiana teniendo como ejemplo a la Virgen.
Pío XII en 1950, en referencia a los que tomaban el escapulario, dijo “quien usa el escapulario debe ser consciente de su consagración a Dios y a la Virgen y ser consecuente en sus pensamientos, palabras y obras.

Iglesia de San Andrés 

Los orígenes de la devoción a la Virgen del Carmen en la entonces villa de Benavente hunde sus raíces en s. XVII en la parroquia de San Andrés con una feligresía de gentes humildes. De su iglesia ya se tiene noticias en el s. XII, con torre mudéjar construida en argamasa que fue recubierta con  mampostería; de una sola nave con tapiales de barro y bóveda de cañón. En la parte central de su alta mayor, en una gran hornacina, se encontraba la imagen de Nuestra Señora del Carmen, la imagen originaria fue una talla de madera hoy día retirada al culto y sustituida por la actual a mediados del s. XIX obra del maestro imaginero zamorano Ramón Álvarez y donada por el hermano cofrade Diego Pascual de Oliveros  por aquellos años alcalde de la villa. 


En abril de 2009 en base a la  información facilitada por el Centro de Estudios Benaventanos ”Ledo del Pozo” el párroco de la iglesia del Carmen de Renueva D. Tomas Calero Aparicio  en colaboración con Ángel Arce Puente presidente la Cofradía del Carmen y otros miembros de la misma recuperan de un anticuario de la ciudad de Burgos una carpeta en papel de pergamino que contiene, cosidos a ella, varios  documentos históricos que hacen referencia a la fundación de dicha cofradía.

Carpeta en papel de pergamino conteniendo la documentación y portada de las Reglas y aprobaciones

En la portada leemos: Reglas y aprobaciones. De la Cofradía de Nuestra Señora del Carmen instituida en la Parroquial de San Andrés de Benavente.
En una segunda hoja a modo de encabezamiento: A honra y gloria de Dios Nuestro Señor y de María Santísima Señora Nuestra con el titulo del Carmen, se instituyo su Cofradía en la Iglesia Parroquial de San Andrés Apóstol.
 Del documento de autorización resumimos:
“El  Maestro Fray Diego Lorenco, Calificador del Santo Oficio, Predicador de su Magestad, Prior General de la Orden de Nuestra Señora del Carmen y Comisario general en ella .Por quanto por parte del Ldo. Joan Lorenco Cura propio de la parroquial de San Andrés de la Villa de Benavente se nos ha hecho relación que muchas personas devotas de nra. Señora del Carmen, ardiente zelo de de su veneración y culto desean erigir Cofradía de tan soberana Reyna en la Iglesia parroquial para ganar gracias y indulgencias concedidas por los Sumos Pontífices a nuestra Cofradía- =
Por tanto suponiendo La Licencia como se manda por La constitución de la Santidad de Clemente Séptimo se realice la recordación y aviendola obtenido, por satisfacer a tan hermoso zelo = Por la presente autoridad a Nos concedida por el Rvdo. General de la Religión para los Santos Lugares de Castilla, erigimos La Cofradia de nra. Señora de el Carmen en otra Villa de Benavente, en la Iglesia parroquial de San Andrés”.
A continuación exhorta a los cofrades de uno y otro sexo al cumplimiento de sus obligaciones para lograr el espiritual tesoro. Se hace una enumeración de las obligaciones y se da autoridad y licencia al cura párroco para que pueda bendecir los escapularios.
Y finaliza: “Dadas en este mi Convento de nra. Señora del Carmen de Valderas, mandas de mi nombre, selladas con mi sello y refrendadas por mi secretario en tres días del mes de Abril de mil seiscientos y setenta y cinco.

                                         Capítulos 8º, 9º y 10º de las Reglas

En la parte central de la carpeta hay un cuadernillo de diez hojas tamaño cuartilla escrito a dos tintas: REGLAS DE LA COFRADIA DE NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN
“En el nombre del Padre del hijo y de el Efpiritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero.”
Con esta invocación comienzan las reglas, continuando con su explicación y justificación. Par seguir con la petición de fundación:
“Yo el Lizenciado Lorenco, Cura de San Andrés por particular devoción y deseo que tengo del aprovechamiento de las Almas de que participen de el tesoro de la Yglesia…”
“Efuplicado al Muy Rdo. P. Fr. Diego Lorenco, Calificador del Santo Oficio…, me concediese Facultad para erejir Cofradía y tener Altar de nueftra Señora con el titulo de el Carmen y valiéndose de la facultad que para eso tiene, me la concedió y otorgo, con poteftad de vendecir Efcapulario y admitir en dicha Cofradia las personas de uno y otro fexo.”
Con este poder que le da el Prior General de la Orden establece DIEZ CAPITULOS para cumplimiento de los cofrades, buen gobierno y continuidad de la cofradía, en los que se estipula:
  que todos los que entren en la cofradía estén asentados en un libro para ganar la indulgencia.
2º ser portador del escapulario bendecido por persona autorizada, para obtener los beneficios espirituales.
3º los días de abstinencia (hace una excepción para los que tengan la Bula de la Santa Cruzada).
4º de los rezos diarios y de los Oficios Divinos.
5º entregar limosna para la cera del altar y misas.
6º que las limosnas recibidas el primer domingo de cada mes se destinen a doce misas anuales, una por mes.
7º que las limosnas se entreguen a la persona designada por el cura de San Andrés  y a final de año de recibo de ellas y de los gastos.
8º que cada cofrade en el momento del ingreso paguen ducado y medio.
9º De las misas que se celebraran cuando un cofrade muera.
10º ordena que el 16 de Julio de cada año se realice una fiesta en honor de la Virgen con el mayor esplendor posible, que los cofrades comulguen en comunidad y asistan con velas a la misa mayor.
Seguidamente se transcribe copia de la licencia que dio Fray Diego Locano para fundar esta cofradia.
Y para cumplir todo lo ordenado en aquel tiempo se pide al Señor Vicario de San Millán su confirmación para que tengan validez y puedan ser adaptadas por circunstancias de los tiempos.
A pie de página se hace una diligencia por el Vicario General de San Millán y el Obispo de Oviedo con sello y fecha de veinte seis días del mes de Abril de mil seiscientos setenta y cinco días.

 Copia de la licencia concedida para la fundación de la Cofradía


A la vista del contenido de la licencia y de los diez capítulos hacemos las siguientes observaciones:
Anterior a la autorización hubo un escrito de solicitud que en su momento se guardaría en los archivos del Convento de Valderas. Este convento fundado en 1565 era centro del Carmelo en la entonces provincia de Castilla. P. Madoz en su Diccionario Geográfico (1845-1850) haciendo referencia a este pueblo leones dice “En la Calle Derecha esta el Convento de Carmelitas Calzados que anteriormente fue palacio del Marques de Astorga que lo cedió a los religiosos…; tiene una espaciosa Iglesia de una sola nave.”
La devoción en la villa estaba extendida y era numerosa, por ello el cura de San Andrés en interés de las almas de sus feligreses y para que estos sean participes de las gracias e indulgencia concedidas por los papas Clemente VII y Clemente X a la Orden Carmelita se dirige a su Provincial en Castilla solicitando autorización que es concedida el 3 de Abril de 1675. Seguidamente solicita su confirmación a la Vicaria de San Millán, institución eclesial dependiente del Obispado de Oviedo con sede en Benavente,  cosa de sucede el 26 de Abril de 1675 (23 días después de la licencia dada por Fray Diego). La Vicaria no tiene autoridad para conceder permisos de fundación, pero si para controlar su funcionamiento y administración, siendo necesaria su aprobación para modificar los capítulos, circunstancia que mas adelante se vera. 
Desde el día de su aprobación la Cofradía ha estado formada por hombres y mujeres.
La formación de la Cofradía del Carmen no tuvo una motivación asistencial, gremial o penitencial como otras muchas existentes por aquel entonces. Se fundo para veneración y culto a María y para que los inscritos en ella por el cumplimiento de sus reglas alcancen los bienes espirituales.
El conjunto de Reglas aprobadas en aquellos años tienen una doble finalidad: por un lado fijar un conjunto de obligaciones personales para sus miembros; por otro establecer una forma de gobierno que le de continuidad pero a vez lo suficientemente flexible, sin alterar su esencia, para que pueda adaptarse a los tiempos, cosa que a lo largo de los años a sucedido.
En el año en se erige la Cofradía la situación social y económica debía ser aceptable, ya estarían superadas las crisis provocadas por las guerras, epidemias, malas cosechas, emigración o descenso de población, pues en el capitulo VIII se estipula que para ingresar se aportara ducado y medio, cantidad no despreciable para aquellos años.



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