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domingo, 14 de julio de 2013

UNAS REGLAS PARA LA HISTORIA - Siglo XVII (2)



Con el paso del tiempo las reglas aprobadas en 1675 serán de difícil aplicación en determinados momentos por las crisis sociales y la inestabilidad política lo que hace necesario una adaptación. Esta revisión es necesaria en las reglas que son de obligado cumplimiento por parte de los hermanos y en aquellas que hacen referencia a la organización y administración de la Cofradía pues por el contenido de los escritos se estaban relajando o incumpliendo. Dos momentos parecen ser los mas conflictivos: los años de mediados del s. XVIII y los de primer tercio del s. XIX. Estos son años de conflictos políticos, sociales y económicos en España. 

El 22 de Julio de 1767 el Ilmo. Sr. Don Agustín González Pisador Obispo de Oviedo autorizara, por primera vez, una adaptación de las reglas ante la suplica de D. Joseph Sánchez en aquellos años cura ecónomo de la Iglesia de San Andrés ante la falta de nuevas incorporaciones por no poder hacer frente a la cuota de ingreso y que esto repercuta en la continuidad de la Cofradía; se rebaja la cantidad de ingreso a 8 reales; de  los capítulos 5º y 9º se elimina lo que hace referencia a las aportaciones económicas para cera y misas de los cofrades difuntos.
 
 

Advertencias realizadas por el Padre General en Noviembre de 1790

En un escrito, que dice ser copia y esta sellado por el Obispado de Oviedo, con fecha 17 de Noviembre de 1790 el Rvdo. Padre General de la Orden Fray Roque Melchor hace unas advertencias, posiblemente por el incumplimiento o mala interpretación de algunas obligaciones. En la primera regula meticulosamente los ayunos que deben realizar los cofrades y las normas por la que se regirán. En la segunda dice que ante la dificultas que algunos hermanos tiene para el cumplimiento de los rezos y abstinencia de carne, regula quienes están exentos y en que circunstancias.

Haciendo un paréntesis en el tiempo llegamos a 1834, año en que la cofradía y las autoridades eclesiásticas se muestran muy activas y que por el contenido de los escritos deducimos que dicha actividad era necesaria para clarificar obligaciones y revisar organización.

Como se ha dicho la Vicaria de San Millán tenia autoridad fiscalizadora sobre las cofradías. El 7 de Abril de 1834 remire un escrito con este encabezado “En consideración al religioso objeto que se proponen los componentes y con vista de la Regla ve conveniente la renovación y reparación  de la Cofradía de Nª. Sª del Carmen sita en la Parroquial de  San Andrés”.
Se deduce que los regidores de la Cofradía no debían ser muy diligentes y no tener al día los libros de registro de cofrades y de cuentas.
En el escrito se exige llevar un libro donde se inscriban los aspirantes y en el que se formalicen las cuentas anuales de las producciones y limosnas, también se regula quien lo debe hacer, cuando y como; este libro tiene que estar a disposición de los visitadores. Todo ello para evitar la informalidad y falta de interés que ocasionarían la ruina de la Cofradía.
Así lo mando el Licenciado D. Juan Josef Prieto Giraldo abogado de los Reales Consejos, Vicario Juez de la Vicaria de San Millán y sus partidos, en Benavente a siete de Abril de mil ochocientos treinta y cuatro.
 

Acuerdos de la reunían celebrada en la Iglesia de San Andrés el 13 de Julio de 1834
 
El contenido de este escrito de la Vicaria debió ser un revulsivo para los cofrades pues del día 13 de Julio de 1834 hay un acta, recogida en papel timbrado con sello de 4º  y 40 mrs. Del año 1834 y sello de aguas, de una reunión en los siguientes términos:
“En la Villa de Benavente 13 de Julio de 1834 estando juntos y reunidos en la sacristía de la Iglesia Parroquial de San Andrés de la misma los infrascritos Párroco de ella y Alcaldes de la Devoción de la Virgen Santísima Reina de los Ángeles que con el titulo del Carmen se venera en su iglesia y a cuyas expensas hace mas de cincuenta años se da culto, al objeto de convenir las formas que de una manera mas constante y perpetua, segura y fija pueda conservarse la antigua cofradía erigida a la Virgen del Carmelo olvidada por las circunstancias destructoras de las pasadas guerras y vigorizada hoy por el Sr. Vicario de San Millán en su escrito de 7 de Abril ultimo…”
En resumen toman los siguientes acuerdos:
1.- Tener un libro para registrar a los cofrades y asentar las cuentas (indicación que les hacia el Vicario).
2.- Que al principio del libro se copien las Reglas de 1675.
3.- Modificar la cuota de ingreso, fijando 12 reales para hombres y 10 para mujeres.
4.- Se regula las misas a la muerte de un hermano.
5.- Celebraran un novenario de forma estable y permanente costeado por las aportaciones de los cofrades y devotos, lo sobrante pasara a los fondos de la Cofradía.
6.- Para buen gobierno, dirección y representación de la Cofradía se elegirán cada año, a propuesta del Párroco, dos Alcaldes y demás cargos.
Los reunidos para dar estabilidad y continuidad a la Cofradía presentaron estos acuerdos al Sr. Vicario.
Dos días después de esta reunión por auto del licenciado D. Juan José Prieto Giraldo Abogado de los Reales Consejos, Vicario Juez de esta Vicaria de San Millán y sus partidos autorizo estos acuerdos; …”así lo mando y firmo en la Villa de Benavente a quince días del mes de Julio de mil ochocientos treinta y cuatro” .
Entre las más de quince firmas que avalan estos acuerdos se encuentra la de D. Diego Pascual de Oliveros hermano cofrade que dono la actual imagen de la Virgen obra de D. Ramón Álvarez.


Escrito con sello del Obispado de Oviedo

El ultimo de los escritos esta fechado en Oviedo a 2 de Diciembre de 1873 con sello del Obispado de Oviedo y firmado por Benito, Obispo de Oviedo. En el se autoriza, de nuevo, la modificación del Capitulo VIII.
Y para aumentar la devoción de los fieles se conceden cuarenta días de indulgencia por cada uno de los actos religiosos de la Cofradía a que asistieren los hermanos.

Ya en el s. XX, en los años cuarenta, los nuevos inscritos rellenaban un documento de entrada firmado por el cofrade secretario y el cofrade tesorero. En el se indicaban las obligaciones del nuevo hermano y los privilegios e indulgencias que le están conferidas, contenidas en el Escudo del Carmen escrito por P. M. Fr. Gabriel Serrano Prior que fue de dicha Orden en el Convento de Toledo.

El 12 de Diciembre de 1994 se remite instancia al Excmo. Rvdo. Sr. De Zamora en estos términos:
“Un grupo de cristianos de la Ciudad de Benavente deseando constituir la Asociación “Cofradía del Carmen” con el objeto de promover la devoción y culto a la Santísima Virgen bajo la advocación del Carmen, como ha venido haciéndose desde hace mas de cien años”.
En los ocho títulos de sus estatutos se articulan el funcionamiento, fines, ingreso, órganos de gobierno y facultades de la autoridad eclesiástica.
 


Primera imagen de la Virgen, en la actualidad retirada del culto

Después de mas de tres siglos y medio la devoción sigue viva y activa con cerca de setecientos cofrades, siendo la cofradía más numerosa de la parroquia.
Fieles y devotos se acercan cada día a su Iglesia para ante la Madre confidente compartir penas y alegrías; ante la Madre auxiliadora encontrar ayuda y consuelo en la tribulación; ante la Estrella del mar encontrar guía cuando la barca de la vida hace agua.

La actual directiva tiene una obligación, un reto al que no puede renunciar que es conseguir el titulo de “Real” pues la ciudad de Benavente se lo merece, la cofradía tiene derecho por su larga historia documentada y lo mas importante, en memoria y reconocimiento a los hombres y mujeres que cimentaron la devoción a la Virgen del Carmen en 1675 transmitiéndose de generación en generación. 


Imagen actual de Nª. Sª. del Carmen que recibe culto en la Iglesia de Santa María del Carmen de Renueva
 

UNAS REGLAS PARA LA HISTORIA - SIGLO XVII (1)



Con el paso del tiempo muchos hombres y mujeres han querido vivir el espíritu carmelita agrupándose por devoción a la Virgen dando lugar a las cofradías. El privilegio del escapulario fue extendido a los laicos siendo una señal de compromiso de vida cristiana teniendo como ejemplo a la Virgen.
Pío XII en 1950, en referencia a los que tomaban el escapulario, dijo “quien usa el escapulario debe ser consciente de su consagración a Dios y a la Virgen y ser consecuente en sus pensamientos, palabras y obras.

Iglesia de San Andrés 

Los orígenes de la devoción a la Virgen del Carmen en la entonces villa de Benavente hunde sus raíces en s. XVII en la parroquia de San Andrés con una feligresía de gentes humildes. De su iglesia ya se tiene noticias en el s. XII, con torre mudéjar construida en argamasa que fue recubierta con  mampostería; de una sola nave con tapiales de barro y bóveda de cañón. En la parte central de su alta mayor, en una gran hornacina, se encontraba la imagen de Nuestra Señora del Carmen, la imagen originaria fue una talla de madera hoy día retirada al culto y sustituida por la actual a mediados del s. XIX obra del maestro imaginero zamorano Ramón Álvarez y donada por el hermano cofrade Diego Pascual de Oliveros  por aquellos años alcalde de la villa. 


En abril de 2009 en base a la  información facilitada por el Centro de Estudios Benaventanos ”Ledo del Pozo” el párroco de la iglesia del Carmen de Renueva D. Tomas Calero Aparicio  en colaboración con Ángel Arce Puente presidente la Cofradía del Carmen y otros miembros de la misma recuperan de un anticuario de la ciudad de Burgos una carpeta en papel de pergamino que contiene, cosidos a ella, varios  documentos históricos que hacen referencia a la fundación de dicha cofradía.

Carpeta en papel de pergamino conteniendo la documentación y portada de las Reglas y aprobaciones

En la portada leemos: Reglas y aprobaciones. De la Cofradía de Nuestra Señora del Carmen instituida en la Parroquial de San Andrés de Benavente.
En una segunda hoja a modo de encabezamiento: A honra y gloria de Dios Nuestro Señor y de María Santísima Señora Nuestra con el titulo del Carmen, se instituyo su Cofradía en la Iglesia Parroquial de San Andrés Apóstol.
 Del documento de autorización resumimos:
“El  Maestro Fray Diego Lorenco, Calificador del Santo Oficio, Predicador de su Magestad, Prior General de la Orden de Nuestra Señora del Carmen y Comisario general en ella .Por quanto por parte del Ldo. Joan Lorenco Cura propio de la parroquial de San Andrés de la Villa de Benavente se nos ha hecho relación que muchas personas devotas de nra. Señora del Carmen, ardiente zelo de de su veneración y culto desean erigir Cofradía de tan soberana Reyna en la Iglesia parroquial para ganar gracias y indulgencias concedidas por los Sumos Pontífices a nuestra Cofradía- =
Por tanto suponiendo La Licencia como se manda por La constitución de la Santidad de Clemente Séptimo se realice la recordación y aviendola obtenido, por satisfacer a tan hermoso zelo = Por la presente autoridad a Nos concedida por el Rvdo. General de la Religión para los Santos Lugares de Castilla, erigimos La Cofradia de nra. Señora de el Carmen en otra Villa de Benavente, en la Iglesia parroquial de San Andrés”.
A continuación exhorta a los cofrades de uno y otro sexo al cumplimiento de sus obligaciones para lograr el espiritual tesoro. Se hace una enumeración de las obligaciones y se da autoridad y licencia al cura párroco para que pueda bendecir los escapularios.
Y finaliza: “Dadas en este mi Convento de nra. Señora del Carmen de Valderas, mandas de mi nombre, selladas con mi sello y refrendadas por mi secretario en tres días del mes de Abril de mil seiscientos y setenta y cinco.

                                         Capítulos 8º, 9º y 10º de las Reglas

En la parte central de la carpeta hay un cuadernillo de diez hojas tamaño cuartilla escrito a dos tintas: REGLAS DE LA COFRADIA DE NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN
“En el nombre del Padre del hijo y de el Efpiritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero.”
Con esta invocación comienzan las reglas, continuando con su explicación y justificación. Par seguir con la petición de fundación:
“Yo el Lizenciado Lorenco, Cura de San Andrés por particular devoción y deseo que tengo del aprovechamiento de las Almas de que participen de el tesoro de la Yglesia…”
“Efuplicado al Muy Rdo. P. Fr. Diego Lorenco, Calificador del Santo Oficio…, me concediese Facultad para erejir Cofradía y tener Altar de nueftra Señora con el titulo de el Carmen y valiéndose de la facultad que para eso tiene, me la concedió y otorgo, con poteftad de vendecir Efcapulario y admitir en dicha Cofradia las personas de uno y otro fexo.”
Con este poder que le da el Prior General de la Orden establece DIEZ CAPITULOS para cumplimiento de los cofrades, buen gobierno y continuidad de la cofradía, en los que se estipula:
  que todos los que entren en la cofradía estén asentados en un libro para ganar la indulgencia.
2º ser portador del escapulario bendecido por persona autorizada, para obtener los beneficios espirituales.
3º los días de abstinencia (hace una excepción para los que tengan la Bula de la Santa Cruzada).
4º de los rezos diarios y de los Oficios Divinos.
5º entregar limosna para la cera del altar y misas.
6º que las limosnas recibidas el primer domingo de cada mes se destinen a doce misas anuales, una por mes.
7º que las limosnas se entreguen a la persona designada por el cura de San Andrés  y a final de año de recibo de ellas y de los gastos.
8º que cada cofrade en el momento del ingreso paguen ducado y medio.
9º De las misas que se celebraran cuando un cofrade muera.
10º ordena que el 16 de Julio de cada año se realice una fiesta en honor de la Virgen con el mayor esplendor posible, que los cofrades comulguen en comunidad y asistan con velas a la misa mayor.
Seguidamente se transcribe copia de la licencia que dio Fray Diego Locano para fundar esta cofradia.
Y para cumplir todo lo ordenado en aquel tiempo se pide al Señor Vicario de San Millán su confirmación para que tengan validez y puedan ser adaptadas por circunstancias de los tiempos.
A pie de página se hace una diligencia por el Vicario General de San Millán y el Obispo de Oviedo con sello y fecha de veinte seis días del mes de Abril de mil seiscientos setenta y cinco días.

 Copia de la licencia concedida para la fundación de la Cofradía


A la vista del contenido de la licencia y de los diez capítulos hacemos las siguientes observaciones:
Anterior a la autorización hubo un escrito de solicitud que en su momento se guardaría en los archivos del Convento de Valderas. Este convento fundado en 1565 era centro del Carmelo en la entonces provincia de Castilla. P. Madoz en su Diccionario Geográfico (1845-1850) haciendo referencia a este pueblo leones dice “En la Calle Derecha esta el Convento de Carmelitas Calzados que anteriormente fue palacio del Marques de Astorga que lo cedió a los religiosos…; tiene una espaciosa Iglesia de una sola nave.”
La devoción en la villa estaba extendida y era numerosa, por ello el cura de San Andrés en interés de las almas de sus feligreses y para que estos sean participes de las gracias e indulgencia concedidas por los papas Clemente VII y Clemente X a la Orden Carmelita se dirige a su Provincial en Castilla solicitando autorización que es concedida el 3 de Abril de 1675. Seguidamente solicita su confirmación a la Vicaria de San Millán, institución eclesial dependiente del Obispado de Oviedo con sede en Benavente,  cosa de sucede el 26 de Abril de 1675 (23 días después de la licencia dada por Fray Diego). La Vicaria no tiene autoridad para conceder permisos de fundación, pero si para controlar su funcionamiento y administración, siendo necesaria su aprobación para modificar los capítulos, circunstancia que mas adelante se vera. 
Desde el día de su aprobación la Cofradía ha estado formada por hombres y mujeres.
La formación de la Cofradía del Carmen no tuvo una motivación asistencial, gremial o penitencial como otras muchas existentes por aquel entonces. Se fundo para veneración y culto a María y para que los inscritos en ella por el cumplimiento de sus reglas alcancen los bienes espirituales.
El conjunto de Reglas aprobadas en aquellos años tienen una doble finalidad: por un lado fijar un conjunto de obligaciones personales para sus miembros; por otro establecer una forma de gobierno que le de continuidad pero a vez lo suficientemente flexible, sin alterar su esencia, para que pueda adaptarse a los tiempos, cosa que a lo largo de los años a sucedido.
En el año en se erige la Cofradía la situación social y económica debía ser aceptable, ya estarían superadas las crisis provocadas por las guerras, epidemias, malas cosechas, emigración o descenso de población, pues en el capitulo VIII se estipula que para ingresar se aportara ducado y medio, cantidad no despreciable para aquellos años.